Con siete votos a favor y cuatro en contra, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aceptó que la Fiscalía General de la República (FGR) y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) se desistieran para que los ministros ya no resuelvan recursos de revisión en los que se les pidió pronunciarse sobre la Constitucionalidad del artículo 142 de la Ley de Instituciones de Crédito.
Con este desistimiento, los ministros de la Corte ya no se pronunciaron como inconstitucional el acceso a información bancaria durante investigaciones penales, sin orden judicial previa.
Las autoridades federales aprovecharon jurisprudencia de la propia Corte, que señala que las partes en juicio de amparo se pueden desistir en cualquier momento de sus recursos mientras no exista sentencia, incluso si el proyecto respectivo fue publicado.